La Declaratoria Jurisdiccional Previa en el Ordenamiento Jurídico Ecuatoriano
- Diego Gutama

- 10 dic 2025
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La declaratoria jurisdiccional previa constituye hoy uno de los mecanismos más relevantes dentro del sistema de control disciplinario aplicable a los servidores judiciales en el Ecuador. Este instrumento jurídico surge como respuesta a la necesidad de equilibrar dos dimensiones esenciales del Estado constitucional: por un lado, la independencia judicial, indispensable para el ejercicio libre y técnico de la función jurisdiccional; y por otro, la responsabilidad de los jueces, fiscales y defensores frente a actuaciones marcadas por dolo, manifiesta negligencia o error inexcusable. Tales faltas, calificada como las más graves dentro del sistema disciplinario, solo pueden ser evaluadas a partir de una resolución expresa emitida por un órgano jurisdiccional superior.
La jurisprudencia constitucional, especialmente a través de la Sentencia 3-19-CN/20, estableció la obligatoriedad de contar con un procedimiento claro y específico para emitir esta declaratoria, lo que llevó a la aprobación de la Resolución No. 04-2023 de la Corte Nacional de Justicia, así como a la incorporación de reglas específicas en el Reglamento de la Corte Constitucional. Ambas normativas detallan los pasos, la competencia y el alcance de esta herramienta, marcando un avance significativo en la estructuración de un proceso disciplinario respetuoso de los principios constitucionales.
La finalidad de la declaratoria jurisdiccional previa es determinar, con criterios estrictamente jurisdiccionales, si el funcionario investigado incurrió efectivamente en una actuación que pueda calificarse como grave. De este modo, se distingue entre una decisión judicial susceptible de debate hermenéutico —propia del razonamiento jurídico y del pluralismo interpretativo— y una actuación que constituya un apartamiento injustificado de la ley o de los deberes propios del cargo. En otras palabras, se evita que errores comunes de criterio o diferencias interpretativas sean confundidos con faltas disciplinarias de naturaleza sancionable.
Desde la perspectiva institucional, este mecanismo actúa como un filtro previo frente a la potestad disciplinaria del Consejo de la Judicatura, que no puede iniciar un sumario administrativo por estas faltas sin la correspondiente declaratoria. Tal diseño garantiza que los procesos disciplinarios no se conviertan en instrumentos de presión o represalia contra los operadores de justicia, fortaleciendo así la autonomía en la toma de decisiones y la estabilidad del sistema judicial.
Asimismo, la declaratoria jurisdiccional previa protege a las partes procesales, permitiéndoles solicitar esta evaluación cuando consideren que la actuación del servidor judicial vulnera sus derechos. En esos casos, el tribunal competente —siempre de jerarquía superior— analiza el expediente, la conducta procesal del funcionario y las circunstancias del caso, evaluando si la actuación cuestionada supera el umbral de una simple falta de criterio jurídico.
Finalmente, este mecanismo contribuye a consolidar un sistema de justicia más técnico, responsable y transparente. Al exigir que las faltas más graves sean verificadas por un órgano jurisdiccional imparcial y especializado, se promueve la confianza en la administración de justicia y se fortalece la seguridad jurídica. La declaratoria jurisdiccional previa no solo limita excesos en el control disciplinario, sino que eleva los estándares de responsabilidad y rigor en la actuación judicial, configurándose como una pieza fundamental del Estado constitucional de derechos y justicia.




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